No hay otra hipoteca que la convencional constituida por el deudor de una obligación en la forma prescrita por este Título.
Arto. 3793 Otra hipoteca convencional constituida del Código Civil de Nicaragua
Fuente: Asamblea Nacional de la República de Nicaragua — Código Civil de la República de Nicaragua. Verificado el 4 de octubre de 2026.
COMPARTIR
Artículos Relacionados
Los que tengan domicilio establecido en la República, sean nacionales o extranjeros, estén presentes o ausentes, pueden ......
Constituida la guarda definitiva, tanto los legatarios como todos aquellos que tengan derechos subordinados a la condici......
A los guardadores definitivos solo se les prohíbe: enajenar e hipotecar los bienes raíces del ausente, sin previa autori......
Nota: Este texto corresponde al Código Civil de Nicaragua (Ley 340). Es una referencia pública y no constituye asesoría legal. Para decisiones legales, consulta con un abogado.
¿Te fue útil este artículo?
Explora el resto del Código Civil o usa nuestra calculadora.