Si en un contrato de arrendamiento se diere al predio mayor o menor extensión de la que realmente tiene, no hay lugar a disminución o aumento de precio sino en los casos, términos y reglas explicadas en el Título De la venta.
Arto. 2909 Contrato de arrendamiento diere del Código Civil de Nicaragua
Fuente: Asamblea Nacional de la República de Nicaragua — Código Civil de la República de Nicaragua. Verificado el 4 de octubre de 2026.
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Nota: Este texto corresponde al Código Civil de Nicaragua (Ley 340). Es una referencia pública y no constituye asesoría legal. Para decisiones legales, consulta con un abogado.
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