Código Civil 1 min de lectura

Arto. 2445 Contrato aleatorio del Código Civil de Nicaragua

📖 Artículo 2445 de 3285 📅 Ley 340 - Vigente

Es contrato de suerte o aleatorio, si para ambos contrayentes o para uno de ellos, el beneficio depende de un suceso incierto.

Tales son el contrato de seguro, el préstamo a la gruesa, el juego, la apuesta y la renta vitalicia.

Fuente: Asamblea Nacional de la República de Nicaragua — Código Civil de la República de Nicaragua. Verificado el 4 de octubre de 2026.

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Nota: Este texto corresponde al Código Civil de Nicaragua (Ley 340). Es una referencia pública y no constituye asesoría legal. Para decisiones legales, consulta con un abogado.

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