El error sobre el nombre del bien legado no es de consideración alguna, si se puede reconocer cuál es el bien que el testador ha tenido la intención de legar381.
Arto. 1125 Error nombre bien legado del Código Civil de Nicaragua
Fuente: Asamblea Nacional de la República de Nicaragua — Código Civil de la República de Nicaragua. Verificado el 4 de octubre de 2026.
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Nota: Este texto corresponde al Código Civil de Nicaragua (Ley 340). Es una referencia pública y no constituye asesoría legal. Para decisiones legales, consulta con un abogado.
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