Código del Trabajo 1 min de lectura

Arto. 303 Decretada separación autoridad laboral del Código del Trabajo de Nicaragua

📖 Artículo 303 de 406 📅 Ley 185 - Vigente visibility —

Decretada la separación, la autoridad laboral certificará lo conducente para seguir por juicio separado el trámite de las demandas respectivas o remitirlas a la autoridad competente.

CAPÍTULO V

De los impedimentos, excusas y recusaciones para funcionarios laborales

Fuente: Asamblea Nacional de la República de Nicaragua — Código del Trabajo (Ley 185), versión del 09 de noviembre de 2020. Verificado el 4 de octubre de 2026.

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Nota: Este texto corresponde al Código del Trabajo de Nicaragua (Ley 185). Es una referencia pública y no constituye asesoría legal. Para decisiones legales, consulta con un abogado.

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