El acta constitutiva debe contener:
a) Nombres, apellidos, nacionalidad, edad, profesión u oficio y actividad económica de los afiliados fundadores;
b) Expresión clara y precisa del acuerdo de constituir la organización de que se trata;
c) Modalidad sindical, el domicilio y el señalamiento de una casa para efecto de notificaciones;
d) La designación de las personas que representan al sindicato en todas las gestiones previas y conducentes a la obtención de su personalidad jurídica;
e) El señalamiento del lugar, día y hora en que se efectuará la asamblea general en la cual se aprobarán los estatutos de la entidad y se elegirán las primeras autoridades sindicales conforme ellos establezcan;
f) La firma, impresión digital o firma a ruego ante dos testigos, de los fundadores;
El acta constitutiva de las federaciones, confederaciones deberá cumplir, además de los requisitos anteriores, los siguientes:
1) Los nombres y domicilios de las organizaciones fundadoras y el número de inscripción de las mismas;
2) La identificación precisa de los documentos que acreditan las respectivas representaciones que se ejercitan; y
3) La forma en que las organizaciones afiliadas van estar representadas en el Congreso de la federación o confederación.