Para efectos de este Código el concepto de lesión comprende heridas, contusiones, escoriaciones, fracturas, dislocaciones, quemaduras y toda alteración en la salud y cualquier otro daño a la integridad física o psíquica de las personas, siempre que sean producidos por una causa externa.
Comprende lesiones psíquicas o psicológicas, el perjuicio en la salud psíquica por la devaluación de la autoestima o las afectaciones al desarrollo personal, así como cualquier daño a la integridad psíquica o la disfunción en cualquiera de las áreas de funcionamiento personal, laboral, escolar, familiar o social, al igual que toda enfermedad psíquica, producida por acción u omisión.