Código de Familia 1 min de lectura

Arto. 639 Segunda propuesta de adopción del Código de Familia de Nicaragua

📖 Artículo 639 de 673 📅 Ley 870 - Vigente visibility —

Cuando exista motivo justificado, a criterio del Consejo nacional de adopción por la no aceptación de la propuesta inicial del niño, niña o adolescente, por parte del o los adoptantes, se les presentará una segunda propuesta, de acuerdo con los procedimientos y plazos, procurando conservarle su lugar en la lista de espera.

Fuente: Asamblea Nacional de la República de Nicaragua — Código de Familia (Ley 870), versión del 13 de marzo de 2020. Verificado el 4 de octubre de 2026.

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Nota: Este texto corresponde al Código de Familia de Nicaragua (Ley 870). Es una referencia pública y no constituye asesoría legal. Para decisiones legales, consulta con un abogado.

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