Concluida la preparación para ser padres o madres adoptivos, el equipo técnico interdisciplinario tiene un plazo de treinta días hábiles para redactar y preparar el informe que debe presentar al Consejo nacional de adopción, con fundamento en el estudio bio-psico-social y en las incidencias ocurridas en la preparación para ser padres y/o madres adoptivos. El plazo comenzará a correr, al día siguiente en que finalice la preparación.
Arto. 630 Informe al Consejo nacional de adopción del Código de Familia de Nicaragua
Fuente: Asamblea Nacional de la República de Nicaragua — Código de Familia (Ley 870), versión del 13 de marzo de 2020. Verificado el 4 de octubre de 2026.
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Nota: Este texto corresponde al Código de Familia de Nicaragua (Ley 870). Es una referencia pública y no constituye asesoría legal. Para decisiones legales, consulta con un abogado.
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