Código de Familia 1 min de lectura

Arto. 550 Del escrito de ampliación del recurso de casación del Código de Familia de Nicaragua

📖 Artículo 550 de 673 📅 Ley 870 - Vigente

El escrito que amplié la interposición del recurso de casación contendrá:

a) Referencia al proceso de que se trata.

b) Nombre y apellidos de las partes.

c) Tribunal que dicta la resolución objeto del recurso, hora y fecha de la resolución recurrida.

d) Referencia de haber interpuesto el recurso en la Audiencia Única de Apelación.

e) Razones claras y precisas que ameritan la presentación del recurso.

f) Señalamiento de lugar para oír notificaciones.

g) Agravios que cause la resolución recurrida, debiendo contener una exposición sucinta de la infracción legal que se considera cometida. Al escrito se acompañaran los documentos que correspondan.

Fuente: Asamblea Nacional de la República de Nicaragua — Código de Familia (Ley 870), versión del 13 de marzo de 2020. Verificado el 4 de octubre de 2026.

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Nota: Este texto corresponde al Código de Familia de Nicaragua (Ley 870). Es una referencia pública y no constituye asesoría legal. Para decisiones legales, consulta con un abogado.

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