Código de Familia 1 min de lectura

Arto. 501 De la demanda del Código de Familia de Nicaragua

📖 Artículo 501 de 673 📅 Ley 870 - Vigente

En todo proceso de familia, la demanda se presentará por escrito y contendrá los siguientes requisitos:

a) La referencia genérica a la jurisdicción especializada de familia;

b) El nombre, calidad de mayor o menor de edad, domicilio del demandado y del apoderado, con referencias al poder de representación; y en su caso los mismos datos del representante legal;

c) El nombre, calidad de mayor o menor de edad y domicilio del demandado; en su caso, los mismos datos del representante legal o apoderado. Si se ignorare su paradero, se manifestará esta circunstancia y se solicitará su emplazamiento por edicto;

d) La narración precisa de los hechos que sirvan de fundamento a las pretensiones;

e) La pretensión, expresada con precisión y claridad. Cuando se acumulen varias pretensiones, éstas se formularán con la debida separación;

f) El ofrecimiento y la determinación de los medios de prueba que el demandante pretenda hacer valer;

g) La designación del lugar que señale el apoderado para recibir notificaciones; así como el lugar donde se pueda emplazar al demandado o citar a la parte demandante cuando deba comparecer personalmente;

h) La solicitud de medidas cautelares cuando fuere procedente;

i) Los demás requisitos y datos que por la naturaleza de la pretensión exija la Ley o sea indispensable expresar; y

j) El lugar, fecha y firma del peticionario.

De la demanda y de los documentos que se presenten se deberá entregar tantas copias como demandados haya y una copia adicional para el archivo del juzgado. Junto con la demanda se acompañará el poder de representación.

Fuente: Asamblea Nacional de la República de Nicaragua — Código de Familia (Ley 870), versión del 13 de marzo de 2020. Verificado el 4 de octubre de 2026.

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Nota: Este texto corresponde al Código de Familia de Nicaragua (Ley 870). Es una referencia pública y no constituye asesoría legal. Para decisiones legales, consulta con un abogado.

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