La autoridad competente, para fijar la pensión alimenticia, deberá tomar en cuenta los siguientes aspectos:
a) El capital o ingresos económicos del alimentante;
b) Su último salario mensual y global. Si la o el alimentante renuncia a su trabajo para no cumplir con su obligación, el último salario mensual será la base para fijar la pensión;
c) Si la o el alimentante trabajare sin salario fijo o no se pudiere determinar sus ingresos, el juez o jueza en su caso, hará inspección en sus bienes y determinará la renta presuntiva;
d) La edad de los hijos e hijas;
e) La situación de discapacidad del niño, niña o adolescente;
f) Si el o la alimentante padece una enfermedad crónica
g) El estado de necesidad y desamparo de otros alimentistas;
h) Los gastos personales del o la alimentante, quien en ningún caso, podrá evadir las responsabilidades de cumplir con la pensión;
i) Que los ascendientes hubieren cumplido con su obligación derivada de la relación parental.