La decisión sobre quien ejercerá el cuido, crianza y representación del hijo o hija no conlleva al alejamiento entre éstos, con relación al padre o la madre excluida. Las hijas o hijos tienen derecho a relacionarse con su padre o madre en casos de separación de éstos. Este derecho se extiende a los demás familiares, tanto por línea paterna como materna.
En estos casos, el Ministerio de la Familia, Adolescencia y Niñez podrá actuar como conciliador para contribuir al ejercicio efectivo de la paternidad y maternidad responsable, sin perjuicio de que las y los interesados ejerzan sus derechos ante el juzgado correspondiente.