Si el animal herido se guareciere en terreno cercado con muro, valla o setos, no podrá el cazador seguirlo dentro de dicho predio sin licencia del dueño. Pero si en aquel sitio cayere el animal muerto, podrá el cazador exigir que el propietario o quien lo represente se lo entregue o permita que él solo vaya a buscarlo.
El propietario que no accediere a lo dispuesto en el párrafo anterior, pagará el valor de la fiera; y el cazador perderá ésta, si entra a buscarla sin permiso de aquel195.