Código Civil 1 min de lectura

Arto. 614 También bienes de dominio del Código Civil de Nicaragua

📖 Artículo 614 de 3285 📅 Ley 340 - Vigente visibility —

Son también bienes de dominio público todas las tierras que estando situadas dentro de los límites territoriales del Estado de Nicaragua, según la Constitución, carecen de otro dueño registralmente determinado169.

TÍTULO II DE LA PROPIEDAD

Capítulo I De la propiedad en general

Fuente: Asamblea Nacional de la República de Nicaragua — Código Civil de la República de Nicaragua. Verificado el 4 de octubre de 2026.

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Nota: Este texto corresponde al Código Civil de Nicaragua (Ley 340). Es una referencia pública y no constituye asesoría legal. Para decisiones legales, consulta con un abogado.

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