Código Civil 1 min de lectura

Arto. 3596 Por razón giro mercantil del Código Civil de Nicaragua

📖 Artículo 3596 de 3285 📅 Ley 340 - Vigente

Si por razón del giro mercantil o industrial establecido en finca urbana tuvieren que introducirse en ésta materias combustibles o inflamables, deberá contener la póliza, además de los requisitos comunes:

1°. Una certificación de la Dirección General de Bomberos, por la que conste que los reglamentos de ésta no han sido violados en la importación y colocación de dichos efectos.

2°. Nota expresa de haber dado aviso a los colindantes y haber contestado éstos de enterados1027.

Fuente: Asamblea Nacional de la República de Nicaragua — Código Civil de la República de Nicaragua. Verificado el 4 de octubre de 2026.

COMPARTIR

Artículos Relacionados

Nota: Este texto corresponde al Código Civil de Nicaragua (Ley 340). Es una referencia pública y no constituye asesoría legal. Para decisiones legales, consulta con un abogado.

¿Te fue útil este artículo?

Explora el resto del Código Civil o usa nuestra calculadora.