Calcula el desglose tributario exacto de tus facturas para emitir comprobantes o declarar en la VET (Ventanilla Electrónica Tributaria) de la DGI en línea conforme a la normativa fiscal vigente: Subtotal, IVA (15%), Retención en la fuente (IR: 2%, 10%, 12% alquiler) y Retención Municipal IMI (1%). Modo directo e inverso.
Herramienta tributaria orientativa. Cálculos sustentados en el Reglamento Decreto 01-2013 (Arts. 44 y 45) y Ley 822, Arts. 80 y 87, reformados por Ley 987 (Gaceta 41, 28/02/2019). Se recomienda siempre verificar con un contador público autorizado o ante la DGI antes de emitir tu factura.
Ingresa el monto base de la factura antes de impuestos y retenciones.
Conforme al Reglamento de la LCT (Decreto 01-2013, Art. 44 num. 2.5.a), a los servicios profesionales o técnicos prestados por personas naturales se les aplica una retención en la fuente del 10% directamente sobre el Subtotal (base imponible sin IVA). El IVA se calcula aparte al 15% y no forma parte de la base retenible.
Conforme al Art. 44 num. 2.2 del Decreto 01-2013, se retiene el 2% a cuenta del IR en compras de bienes, servicios generales (incluyendo los prestados por personas jurídicas) y en arrendamientos o alquileres cuando constituyan la actividad económica o giro comercial del emisor, a partir de C$ 1,000.00 córdobas por factura.
De acuerdo con la Ley 822, Arts. 80 y 87, reformados por Ley 987 (Gaceta 41, 28/02/2019), cuando el alquiler no es la actividad principal del contribuyente sino una renta de capital inmobiliario, se aplica una alícuota de retención definitiva del 15% sobre el 80% de la renta bruta (tras deducir un 20% en concepto de gastos sin necesidad de justificación). Esto resulta matemáticamente en una retención efectiva del 12% sobre el subtotal: 80% × 15% = 12%.
Si pactaste recibir un valor líquido exacto en mano (por ejemplo C$ 10,000.00), la calculadora despeja la base antes de impuestos considerando la tasa de IVA y las retenciones de IR e IMI:
Subtotal a Facturar = Monto Neto Deseado ÷ (1 + Tasa_IVA - Tasa_IR_Efectiva - Tasa_IMI)
Esto garantiza que el monto pagado en cheque o transferencia coincida al centavo con el pactado.
El Impuesto Municipal sobre Ingresos (IMI) está regulado de forma referencial en el Plan de Arbitrios de cada municipalidad. Las empresas designadas por su alcaldía como agentes retenedores aplican el 1% sobre el Subtotal facturado. Es un tributo local independiente del IR de la DGI; verifica con tu alcaldía el sujeto pasivo y umbral aplicables.
Los valores generados por esta herramienta corresponden a los campos solicitados tanto en las facturas físicas o electrónicas como en los formularios de la Ventanilla Electrónica Tributaria (VET DGI en línea) al presentar la Declaración Mensual de Impuestos (DMI) o al emitir comprobantes de retención fiscal. Se recomienda siempre verificar con un contador público autorizado antes de presentar declaraciones definitivas.