Calculadora DGI Nicaragua [IVA y Retenciones IR]

Calcula el desglose tributario exacto de tus facturas para emitir comprobantes o declarar en la VET (Ventanilla Electrónica Tributaria) de la DGI en línea conforme a la normativa fiscal vigente: Subtotal, IVA (15%), Retención en la fuente (IR: 2%, 10%, 12% alquiler) y Retención Municipal IMI (1%). Modo directo e inverso.

C$

Ingresa el monto base de la factura antes de impuestos y retenciones.

📚 Ver fuentes oficiales y verificación normativa Desplegar ▾
  • 10% Honorarios Profesionales: Reglamento Decreto 01-2013, Art. 44 num. 2.5.a — La Gaceta No. 12 (22/01/2013).
  • 2% Bienes, Servicios y Alquiler Act. Económica: Reglamento Decreto 01-2013, Art. 44 num. 2.2; aplicable a partir de C$ 1,000 sobre el subtotal (base sin IVA) por factura.
  • 12% Efectivo Alquiler Capital: Ley 822, Arts. 80 y 87, reformados por Ley 987 (15% sobre 80% de renta bruta) — La Gaceta No. 41 (28/02/2019).
  • Nota Art. 52 Bis Ley 822: Servicios profesionales al Estado con contratos financiados con recursos externos aplican 10% de retención definitiva y exención de tributo municipal.
  • Ley No. 1212 (2024): La Gaceta No. 155 (22/08/2024); derogó la exención de iglesias y modificó el Art. 32 num. 4 (OSFL), sin cambiar las alícuotas de retención en facturas.
  • Ley No. 1279 (abril 2026): La Gaceta No. 61 (09/04/2026); según análisis de BLP Legal, reformó el ISC y la base de cálculo de IVA para bebidas y tabaco (precio de distribuidor), sin alterar las alícuotas de retención en la fuente sobre facturas comerciales.
  • Retención IMI (1% referencial): Regulada en el Plan de Arbitrios municipal respectivo; verificar sujeto retenedor y umbrales ante cada alcaldía.
📅 Verificación normativa: Octubre 2026. Esta calculadora no incluye retenciones de IVA.

🧾 Desglose Oficial de Factura y Liquidación Neta

Modo Directo
Subtotal (Base Imponible) C$ 10,000.00
(+) IVA (15%) C$ 1,500.00
(=) Total Factura Monto del comprobante que emites C$ 11,500.00
(-) Retención IR DGI (10%) -C$ 1,000.00
Lo que paga el cliente
Le paga el neto al proveedor y entera las retenciones a la DGI / Alcaldía
C$ 11,500.00
Lo que recibes (neto)
Monto que entra a tu cuenta después de retenciones
C$ 10,500.00
📐 Fórmula aplicada con tus números:
Subtotal (C$ 10,000.00) + IVA 15% (C$ 1,500.00) - IR 10% (C$ 1,000.00) = C$ 10,500.00

Preguntas frecuentes sobre facturación e impuestos en Nicaragua

¿Cómo se calcula la retención del 10% por servicios profesionales?

Conforme al Reglamento de la LCT (Decreto 01-2013, Art. 44 num. 2.5.a), a los servicios profesionales o técnicos prestados por personas naturales se les aplica una retención en la fuente del 10% directamente sobre el Subtotal (base imponible sin IVA). El IVA se calcula aparte al 15% y no forma parte de la base retenible.

¿Cuándo aplica la retención del 2% por bienes, servicios generales y alquiler comercial?

Conforme al Art. 44 num. 2.2 del Decreto 01-2013, se retiene el 2% a cuenta del IR en compras de bienes, servicios generales (incluyendo los prestados por personas jurídicas) y en arrendamientos o alquileres cuando constituyan la actividad económica o giro comercial del emisor, a partir de C$ 1,000.00 córdobas por factura.

¿Por qué el alquiler como renta de capital retiene un 12% efectivo?

De acuerdo con la Ley 822, Arts. 80 y 87, reformados por Ley 987 (Gaceta 41, 28/02/2019), cuando el alquiler no es la actividad principal del contribuyente sino una renta de capital inmobiliario, se aplica una alícuota de retención definitiva del 15% sobre el 80% de la renta bruta (tras deducir un 20% en concepto de gastos sin necesidad de justificación). Esto resulta matemáticamente en una retención efectiva del 12% sobre el subtotal: 80% × 15% = 12%.

¿Cómo funciona el cálculo inverso para facturar un monto neto deseado?

Si pactaste recibir un valor líquido exacto en mano (por ejemplo C$ 10,000.00), la calculadora despeja la base antes de impuestos considerando la tasa de IVA y las retenciones de IR e IMI: Subtotal a Facturar = Monto Neto Deseado ÷ (1 + Tasa_IVA - Tasa_IR_Efectiva - Tasa_IMI) Esto garantiza que el monto pagado en cheque o transferencia coincida al centavo con el pactado.

¿Qué es la retención del 1% del IMI de la Alcaldía?

El Impuesto Municipal sobre Ingresos (IMI) está regulado de forma referencial en el Plan de Arbitrios de cada municipalidad. Las empresas designadas por su alcaldía como agentes retenedores aplican el 1% sobre el Subtotal facturado. Es un tributo local independiente del IR de la DGI; verifica con tu alcaldía el sujeto pasivo y umbral aplicables.

¿Cómo utilizar este cálculo al declarar en la VET de la DGI en línea?

Los valores generados por esta herramienta corresponden a los campos solicitados tanto en las facturas físicas o electrónicas como en los formularios de la Ventanilla Electrónica Tributaria (VET DGI en línea) al presentar la Declaración Mensual de Impuestos (DMI) o al emitir comprobantes de retención fiscal. Se recomienda siempre verificar con un contador público autorizado antes de presentar declaraciones definitivas.