Código del Trabajo 1 min de lectura

Arto. 324 Acuerdos llegaren partes trámite del Código del Trabajo de Nicaragua

📖 Artículo 324 de 406 📅 Ley 185 - Vigente visibility —

Los acuerdos a que llegaren las partes en el trámite conciliatorio producirán los mismos efectos que las sentencias firmes y se han de cumplir en las mismas formas que éstas.

Si la conciliación fuere parcial, el juicio continuará en cuanto a las peticiones no comprendidas en el acuerdo.

Fuente: Asamblea Nacional de la República de Nicaragua — Código del Trabajo (Ley 185), versión del 09 de noviembre de 2020. Verificado el 4 de octubre de 2026.

COMPARTIR

🧮 Calcular mi liquidación 📋 Ver todo el Código del Trabajo

Artículos Relacionados

Nota: Este texto corresponde al Código del Trabajo de Nicaragua (Ley 185). Es una referencia pública y no constituye asesoría legal. Para decisiones legales, consulta con un abogado.

¿Te fue útil este artículo?

Explora el resto del Código del Trabajo o usa nuestra calculadora.