No habrá servicio militar obligatorio y se prohíbe toda forma de reclutamiento forzoso para integrar el Ejército de Nicaragua, la Policía Nacional y el Ministerio del Interior.
Arto. 94 Servicio militar obligatorio prohíbe de la Constitución Política de Nicaragua
Fuente: Asamblea Nacional de la República de Nicaragua — Constitución Política, con reformas de las Leyes 1268-1271 (enero 2026). Verificado el 4 de octubre de 2026.
COMPARTIR
Artículos Relacionados
La independencia, la soberanía, la autodeterminación nacional, la seguridad y la paz, son derechos irrenunciables del Pu......
La soberanía nacional reside en el Pueblo que ejerce su protagonismo a través de instrumentos de democracia directa, par......
La Juventud nicaragüense, que en todo momento ha sabido ser protagonista directa de las epopeyas antiimperialistas y de ......
Nota: Este texto corresponde a la Constitución Política de Nicaragua. Es una referencia pública y no constituye asesoría legal. Para decisiones legales, consulta con un abogado.
¿Te fue útil este artículo?
Explora el resto de la Constitución o usa nuestra calculadora.