Corresponde a la Presidencia de la República la formulación del Proyecto de Ley Anual de Presupuesto General de la República, el que deberá presentar a la Asamblea Nacional para su discusión y aprobación de acuerdo con la Ley de la materia.
El Proyecto de Ley Anual de Presupuesto deberá contener los presupuestos de los entes autónomos y gubernamentales, y de las empresas del Estado.
El Proyecto de Ley Anual de Presupuesto deberá privilegiar la inversión social.