Se impondrá prisión de cinco a siete años e inhabilitación absoluta por el mismo período al Juez o Magistrado que incurra en alguna de las siguientes conductas:
a) Dicte resolución contra la Constitución Política de la República de Nicaragua o ley expresa;
b) Funde la resolución en un hecho falso;
c) Conozca una causa que patrocinó como abogado;
d) Aconseje o asesore a las partes o sus abogados que litigan en casos pendientes en su despacho;
e) Durante la tramitación de la causa se vincule en negocios o sentimentalmente con alguna de las partes o sus parientes dentro del segundo grado de consanguinidad.