La misma pena se impondrá a los propietarios, administradores o cualquier empleado o al que brinde servicios al establecimiento, que sabiendo o debiendo saber y de forma directa o indirecta, permita o facilite la conducta anterior en sus respectivos locales.
Cuando el tráfico de estas sustancias se realice a nivel internacional, ingresándolas, extrayéndolas o en tránsito por el territorio nacional, se impondrá la pena de diez a veinte años de prisión y de quinientos a mil días multa.