La mujer y el hombre unidos en matrimonio comparten la responsabilidad de conducción y representación de la familia. Están obligados de manera recíproca a:
a) Respetarse y protegerse, a través de un trato digno e igualitario;
b) Prestarse cooperación y ayuda mutuamente;
c) Proporcionarse alimentos uno al otro;
d) Guardarse consideración y tolerancia en el trato, fidelidad y solidaridad afectiva;
e) Vivir en un hogar común, salvo que por motivos de conveniencia o salud se justifique residencias distintas;
f) Apoyarse en la satisfacción de sus necesidades y en el desarrollo de sus propias personalidades; y
g) Organizar la vida en el hogar de modo que tales actividades no impliquen el incumplimiento de las obligaciones que este Código les impone a cada uno de ellos.