El aval de funcionamiento se otorgará por un período máximo de un año, condicionado al cumplimiento de los requisitos exigidos para el funcionamiento.
Los avales podrán ser renovados previa solicitud del titular del centro. Esta solicitud se presentará con una antelación mínima de tres meses, a la fecha de terminación de vigencia del aval. Para otorgar la renovación, se observaran que se mantengan cumplidos los requisitos exigidos.