Las actuaciones judiciales de las que versa este Código, se realizarán en idioma español. En las Regiones Autónomas de la Costa Caribe también son de uso oficial las lenguas mískitu, garífona, sumu-mayangna, inglés y rama. Las comunidades mískitu y sumo que históricamente han vivido en los departamentos de Jinotega y Nueva Segovia, también podrán usar sus lenguas.
Si el caso lo requiere el Poder Judicial nombrará intérpretes y traductores en sus distintas instancias para cumplir con esta disposición.