El presente título tiene por objeto establecer la normativa procesal para hacer efectivos los derechos y deberes regulados en este Código de Familia.
Sin menoscabo de otras de análoga naturaleza, las disposiciones del presente libro serán aplicables a las siguientes materias:
a) Del matrimonio, su constitución, efectos personales, económicos y disolución;
b) Unión de hecho estable;
c) Filiación, paternidad y maternidad;
d) Relaciones entre madre, padre, hijos e hijas;
e) Asistencia familiar y prestaciones alimenticias, distintas de las que regula el inciso anterior;
f) Régimen de cuido, crianza, comunicación o visitas;
g) Privación, suspensión, restitución y pérdida de la autoridad parental;
h) Declaración de incapacidad y sus efectos;
i) Representación de niños, niñas y adolescentes;
j) Representación de mayores de edad declarados incapaces;
k) Administración y actos de disposición o gravámenes sobre bienes o derechos de niños, niñas o adolescentes y declarados judicialmente incapaces y de la transacción acerca de sus derechos;
l) De la tutela, su constitución, efectos y extinción;
m) Emancipación;
n) Intereses de la persona adulta mayor;
o) De la adopción, declaración judicial, nulidad y revocación;
p) Exequátur, siempre relacionado con la competencia del Tribunal;
q) Protección y aplicación de medidas de protección ante todas las formas de violencia intrafamiliar entre cónyuges o convivientes, para con niños, niñas, adolescentes, personas adultas mayores, mujeres embarazadas, personas con discapacidad y mayores declarados judicialmente incapaces;
r) Medidas de internación de enfermos mentales, alcohólicos crónicos y toxicómanos;
s) Cuestiones relativas al nombre, inscripción de nacimientos, estado civil y capacidad de las personas;
t) Impugnación de resolución administrativa que declara la paternidad.