La Procuraduría nacional de la familia representará legalmente a los niños, niñas y adolescentes huérfanos de padre y madre o de filiación desconocida o abandonados, de los mayores de edad declarados incapaces o mayores discapacitados, de los que por causas legales hubiesen salido de la autoridad parental y de aquellos que por cualquier motivo carecieren de representación legal, mientras no se le nombre tutor o tutora.
El cuido y crianza temporal de estos niños, niñas, adolescentes y personas discapacitadas o declaradas judicialmente incapaces, será asumido por el Ministerio de la Familia, Niñez y Adolescencia mientras se le ubique en un hogar sustituto.