El estado familiar es la calidad jurídica que tiene una persona en orden a sus relaciones de familia, en cuanto le otorga determinados derechos y deberes. Se puede originar por razón del matrimonio, por la unión de hecho estable o por vínculo de parentesco.
Arto. 262 Estado familiar del Código de Familia de Nicaragua
Fuente: Asamblea Nacional de la República de Nicaragua — Código de Familia (Ley 870), versión del 13 de marzo de 2020. Verificado el 4 de octubre de 2026.
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Nota: Este texto corresponde al Código de Familia de Nicaragua (Ley 870). Es una referencia pública y no constituye asesoría legal. Para decisiones legales, consulta con un abogado.
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