hasta 798 (inclusive).
Capítulo V Reglas para declarar la falsificación250
250 Capítulo V “Reglas para declarar la falsificación”, que comprende los artículos 799 al 805 inclusive fue derogado por el artículo 136 de la Ley N°. 312, “Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos”, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 166 y 167 del 31 de agosto y 1 de septiembre de 1999 respectivamente.