hasta 788 (inclusive).
Capítulo IV De la propiedad artística249
249 Capítulo IV “De la propiedad dramática”, que comprende los artículos 789 al 798 inclusive fue derogado por el artículo 136 de la Ley N°. 312, “Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos”, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 166 y 167 del 31 de agosto y 1 de septiembre de 1999 respectivamente.