Código Civil 1 min de lectura

Arto. 609 Siempre actos negocios jurídicos del Código Civil de Nicaragua

📖 Artículo 609 de 3285 📅 Ley 340 - Vigente visibility —

Siempre que en los actos y negocios jurídicos se use de la expresión muebles de tal casa o predio, se comprenderán en ella únicamente lo que en el lenguaje usual recibe los nombres de mobiliario, utensilios o menaje de casa, a no ser que conocidamente sea otra la intención de las partes164.

Fuente: Asamblea Nacional de la República de Nicaragua — Código Civil de la República de Nicaragua. Verificado el 4 de octubre de 2026.

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Nota: Este texto corresponde al Código Civil de Nicaragua (Ley 340). Es una referencia pública y no constituye asesoría legal. Para decisiones legales, consulta con un abogado.

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