Código Civil 1 min de lectura

Arto. 3803 Copropietario ha hipotecado indivisa del Código Civil de Nicaragua

📖 Artículo 3803 de 3285 📅 Ley 340 - Vigente

Cuando el copropietario que no ha hipotecado, sino su parte indivisa, vienen a ser por la división o licitación, propietario de la totalidad del inmueble común, la hipoteca queda limitada a la parte indivisa que el constituyente tenía en el inmueble.

Fuente: Asamblea Nacional de la República de Nicaragua — Código Civil de la República de Nicaragua. Verificado el 4 de octubre de 2026.

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Nota: Este texto corresponde al Código Civil de Nicaragua (Ley 340). Es una referencia pública y no constituye asesoría legal. Para decisiones legales, consulta con un abogado.

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