La limpia de fosos, lo mismo interiores que adyacentes a la vía pública, así como también los trabajos que puedan ordenarse por los municipios u otras juntas semejantes para la conservación de los caminos, son de cuenta del colono.
También está obligado él mismo a hacer los acarreos ordinarios para la reparación del predio y edificios, o para el transporte de granos a casa del arrendador.