El autor de un plano que no hubiere sido aceptado, podrá también cobrar su valor, si la obra se ejecutare conforme a él por otra persona940.
Arto. 3042 Autor de plano hubiere del Código Civil de Nicaragua
Fuente: Asamblea Nacional de la República de Nicaragua — Código Civil de la República de Nicaragua. Verificado el 4 de octubre de 2026.
COMPARTIR
Artículos Relacionados
También se dividen las personas en nicaragüenses y extranjeras, conforme a la Constitución Política de la República de N......
Cesará la representación de las personas por nacer, el día del parto, si el hijo nace vivo, y comenzará entonces la de l......
Los ciudadanos nicaragüenses que, sin licencia del Gobierno, sirven en la marina de guerra extranjera o en buque armado ......
Nota: Este texto corresponde al Código Civil de Nicaragua (Ley 340). Es una referencia pública y no constituye asesoría legal. Para decisiones legales, consulta con un abogado.
¿Te fue útil este artículo?
Explora el resto del Código Civil o usa nuestra calculadora.