No basta para que el locador deba pagar las mejoras o gastos hechos por el locatario, el haberle autorizado para hacerlos, si a más de esto no constare expresamente que se obligó a pagarlos, salvo los casos del artículo anterior numerales 4°, 5° y 6°.
Esta disposición comprende el premio pagado por el locatario como seguro del bien arrendado, si no constare expresamente que se obligó a asegurarla por cuenta del locador876.