Inaplicable733.
733 Artículo 2474 Inaplicable. Que expresaba: “No podrán ser objeto de contrato las cosas o servicios imposibles”. Es inaplicable ya que su contenido está repetido en el artículo 2476 de este código.
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733 Artículo 2474 Inaplicable. Que expresaba: “No podrán ser objeto de contrato las cosas o servicios imposibles”. Es inaplicable ya que su contenido está repetido en el artículo 2476 de este código.
Fuente: Asamblea Nacional de la República de Nicaragua — Código Civil de la República de Nicaragua. Verificado el 4 de octubre de 2026.
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Nota: Este texto corresponde al Código Civil de Nicaragua (Ley 340). Es una referencia pública y no constituye asesoría legal. Para decisiones legales, consulta con un abogado.
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