Cuando la obligación consista en entregar un bien indeterminado o genérico, cuya calidad y circunstancias no se hubieren expresado, el acreedor no podrá exigir la de la calidad superior, ni el deudor entregarla de la inferior.
Arto. 2020 Obligación consista entregar bien del Código Civil de Nicaragua
Fuente: Asamblea Nacional de la República de Nicaragua — Código Civil de la República de Nicaragua. Verificado el 4 de octubre de 2026.
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Nota: Este texto corresponde al Código Civil de Nicaragua (Ley 340). Es una referencia pública y no constituye asesoría legal. Para decisiones legales, consulta con un abogado.
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