Código del Trabajo 1 min de lectura

Arto. 75 Trabajadores tuvieren guarda persona del Código del Trabajo de Nicaragua

📖 Artículo 75 de 406 📅 Ley 185 - Vigente visibility —

Los trabajadores que tuvieren bajo su guarda a una persona gravemente discapacitada, podrán solicitar al empleador una reducción de la jornada laboral con goce de salario proporcional, mediante acuerdo entre las partes, durante el tiempo necesario.

CAPÍTULO III

De las Vacaciones

Fuente: Asamblea Nacional de la República de Nicaragua — Código del Trabajo (Ley 185), versión del 09 de noviembre de 2020. Verificado el 4 de octubre de 2026.

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Nota: Este texto corresponde al Código del Trabajo de Nicaragua (Ley 185). Es una referencia pública y no constituye asesoría legal. Para decisiones legales, consulta con un abogado.

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