La asamblea general es la máxima autoridad del sindicato y son funciones propias de ella las siguientes:
a) Elegir la Junta Directiva y aprobar y modificar los estatutos;
b) Fijar el monto de las cuotas ordinarias y extraordinarias;
c) Aprobar o no el ejercicio del derecho de huelga de conformidad con la ley;
d) Acordar la fusión con otras organizaciones sindicales, así como la afiliación a federaciones o confederaciones y organismos internacionales, según sea el caso;
e) Decidir la expulsión de cualquier afiliado y/o destitución o expulsión de miembros de la Junta Directiva; y definir las faltas, las sanciones correspondientes y la aplicación de éstas, según las circunstancias de cada caso;
f) Aprobar el presupuesto anual elaborado por la Junta Directiva;
g) Revisar o revocar, si lo estima conveniente, los acuerdos y decisiones de la Junta Directiva;
h) Aprobar o desaprobar la rendición de cuentas que debe presentar la Junta Directiva y adoptar las medidas necesarias para corregir los errores y deficiencias que se comprueben;
i) Acordar la disolución de la organización;
j) Emitir los reglamentos y acuerdos necesarios a sus funciones;
k) Aprobar la_ estructuras creadas por la Junta Directiva para el mejor funcionamiento del sindicato; y
l) Aprobar los planes de acción del sindicato.
SECCIÓN VII
De la Junta Directiva