El contrato escrito de trabajo debe contener:
a) El lugar y la fecha de su celebración;
b) La identificación y domicilio de las partes y en su caso, el nombre y apellido del representante legal de la entidad empleadora;
c) Descripción del trabajo y lugar o lugares donde deba realizarse;
d) La duración diaria y semanal de la jornada y si ésta es diurna, mixta o nocturna;
e) Indicación de si el contrato es por tiempo determinado o de duración indefinida;
f) La cuantía de la remuneración, su forma, períodos y lugar de pago, y si se conviene por unidad de tiempo, por unidad de obra, por tarea o a destajo, por comisión o por participación en los cobros de ventas o en las utilidades y cualquier otro complemento salarial, así como la forma de cálculo en la remuneración;
g) Las firmas de los otorgantes o su representante legal, o impresión digital o firma a ruego de los que no sepan o no puedan firmar, en presencia de dos testigos.
La falta de alguno de los elementos indicados no exime a las partes de cumplir con esta disposición. En todo caso se entenderá completado en lo pertinente por lo dispuesto en la legislación laboral o convención colectiva.