Se impondrá la misma pena del delito de estafa, a quien:
a) Con simulación contrate, elabore escritos o realice actos en perjuicio de otro y para obtener cualquier beneficio indebido;
b) Se constituya en deudor o fiador y realice actos con el fin de eludir el pago de la fianza o la deuda;
c) En perjuicio del patrimonio de otro, realice una simulación de litigio, diligencia o empleo de otro fraude procesal.