Al concluir la tutela se rendirán cuentas finales, las cuales serán discutidas con el tutelado o tutelada, si procediere, con intervención siempre de la Procuraduría nacional de la familia, ante el juez o jueza que haya designado al tutor o tutora para tal cargo.
Arto. 401 De la rendición de cuentas finales de la tutela del Código de Familia de Nicaragua
Fuente: Asamblea Nacional de la República de Nicaragua — Código de Familia (Ley 870), versión del 13 de marzo de 2020. Verificado el 4 de octubre de 2026.
COMPARTIR
Artículos Relacionados
El presente Código de Familia, establece el régimen jurídico de la familia y sus integrantes. Compre......
Para el efectivo cumplimiento de las disposiciones contenidas en este Código velarán, armónicamente,......
Créase la Procuraduría nacional de la familia como Procuraduría especial de la Procuraduría general ......
Nota: Este texto corresponde al Código de Familia de Nicaragua (Ley 870). Es una referencia pública y no constituye asesoría legal. Para decisiones legales, consulta con un abogado.
¿Te fue útil este artículo?
Explora el resto del Código de Familia o usa nuestra calculadora.