La tutela de las personas sujetas a pena de inhabilitación especial, será declarada por autoridad judicial, dentro de la causa penal en la que se declare dicha inhabilitación.
Al que se encuentre sujeto a una inhabilitación especial, en virtud de sentencia firme emitida en causa penal, la tutora o el tutor nombrado lo representará en los actos de industria o comercio o en cualquier otra actividad similar.