Código de Familia 1 min de lectura

Arto. 34 Integración de los Gabinetes de la Familia, la Comunidad y la Vida del Código de Familia de Nicaragua

📖 Artículo 34 de 673 📅 Ley 870 - Vigente

Los Gabinetes de la Familia, la Comunidad y la Vida están integrados por todas las personas que deseen acompañarse y acuerparse para reflexionar, aprender, aportar y actuar juntos y juntas sobre todos los temas de la vida de Nicaragua. La integración ayuda a lograr la comprensión y consideración entre vecinos con el compromiso de asumir el protagonismo, la solidaridad y la complementariedad en las vidas de todas las personas.

Fuente: Asamblea Nacional de la República de Nicaragua — Código de Familia (Ley 870), versión del 13 de marzo de 2020. Verificado el 4 de octubre de 2026.

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Nota: Este texto corresponde al Código de Familia de Nicaragua (Ley 870). Es una referencia pública y no constituye asesoría legal. Para decisiones legales, consulta con un abogado.

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