Si existiere matrimonio o unión de hecho estable reconocida, la inscripción del nacimiento del hijo o hija efectuada en el Registro del Estado Civil de las Personas, por uno de los cónyuges o convivientes, surtirá todos los efectos legales siempre y cuando acompañe la certificación del acta de matrimonio o el testimonio de la unión de hecho estable reconocida.
Arto. 206 Reconocimiento por inscripción de la madre o el padre del Código de Familia de Nicaragua
Fuente: Asamblea Nacional de la República de Nicaragua — Código de Familia (Ley 870), versión del 13 de marzo de 2020. Verificado el 4 de octubre de 2026.
COMPARTIR
Artículos Relacionados
El presente Código de Familia, establece el régimen jurídico de la familia y sus integrantes. Compre......
Son principios rectores del Código: a) La protección, desarrollo y fortalecimiento de la familia es......
Para el efectivo cumplimiento de las disposiciones contenidas en este Código velarán, armónicamente,......
Nota: Este texto corresponde al Código de Familia de Nicaragua (Ley 870). Es una referencia pública y no constituye asesoría legal. Para decisiones legales, consulta con un abogado.
¿Te fue útil este artículo?
Explora el resto del Código de Familia o usa nuestra calculadora.