Todo individuo es libre de disponer de sus bienes sin restricción alguna, por venta, donación, testamento o cualquiera otro título legal.
Del dominio o titularidad sobre los bienes nacen acciones reales o personales. Real es la que se tiene sobre un bien sin relación a determinada persona; y personal, la que se tiene respecto a ciertas personas que, por un hecho propio o la sola voluntad de la ley, han contraído las obligaciones correlativas171