Código Civil 1 min de lectura

Arto. 3701 Transacción hecha por fiador del Código Civil de Nicaragua

📖 Artículo 3701 de 3285 📅 Ley 340 - Vigente visibility —

La transacción hecha por el fiador con el acreedor no surte efecto para con el deudor principal.

La hecha por éste tampoco surte efecto para con el fiador contra su voluntad.

Fuente: Asamblea Nacional de la República de Nicaragua — Código Civil de la República de Nicaragua. Verificado el 4 de octubre de 2026.

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Nota: Este texto corresponde al Código Civil de Nicaragua (Ley 340). Es una referencia pública y no constituye asesoría legal. Para decisiones legales, consulta con un abogado.

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