Si la fianza fuere del principal o expresare la suma de la obligación principal, comprenderá no solo la obligación principal, sino también los intereses, estén estipulados o no.
Cuando la fianza sea impuesta por la ley o por los Jueces, el fiador, debe estar domiciliado en el lugar del cumplimiento de la obligación principal y tener bienes raíces libres conocidos.
Los embargados o litigiosos no se tomarán en cuenta.
Esto mismo se aplicará siempre que el deudor esté obligado a dar fiador.