Código Civil 1 min de lectura

Arto. 3504 Depósito necesario de hace del Código Civil de Nicaragua

📖 Artículo 3504 de 3285 📅 Ley 340 - Vigente

El depósito necesario de que se hace cargo un adulto que no tiene la libre administración de sus bienes pero que está en su sana razón, constituye un cuasicontrato que obliga al depositario sin autorización de su representante legal.

Fuente: Asamblea Nacional de la República de Nicaragua — Código Civil de la República de Nicaragua. Verificado el 4 de octubre de 2026.

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Nota: Este texto corresponde al Código Civil de Nicaragua (Ley 340). Es una referencia pública y no constituye asesoría legal. Para decisiones legales, consulta con un abogado.

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