La sentencia pronunciada declarando la existencia de la sociedad en favor de terceros, no da derecho a los socios para demandarse entre sí, alegando tal sentencia como prueba de la existencia de la sociedad.
Capítulo II De la sociedad universal
La sentencia pronunciada declarando la existencia de la sociedad en favor de terceros, no da derecho a los socios para demandarse entre sí, alegando tal sentencia como prueba de la existencia de la sociedad.
Capítulo II De la sociedad universal
Fuente: Asamblea Nacional de la República de Nicaragua — Código Civil de la República de Nicaragua. Verificado el 4 de octubre de 2026.
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Es persona todo ser capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones. Las personas son naturales y jurídicas.......
También se dividen las personas en nicaragüenses y extranjeras, conforme a la Constitución Política de la República de N......
La existencia legal de toda persona principia al nacer.......
Nota: Este texto corresponde al Código Civil de Nicaragua (Ley 340). Es una referencia pública y no constituye asesoría legal. Para decisiones legales, consulta con un abogado.
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